Un total de 17 feriados son los que vienen aparejados en el calendario de 2012, cuatro de los cuales están en la categoría de irrenunciables.
De acuerdo a lo previsto en la legislación chilena, los días 1 de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio, con excepción de aquellos que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
Tampoco es aplicable a los trabajadores de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
El listado es el siguiente:
Domingo 1 de enero: Año Nuevo (irrenunciable)
Viernes 6 de abril: Viernes Santo
Sábado 7 de abril: Sábado Santo
Martes 1 de mayo: Día Nacional del Trabajo (irrenunciable)
Lunes 21 de mayo: Día de las Glorias Navales
Lunes 2 de julio: San Pedro y San Pablo
Lunes 16 de julio: Día de la Virgen del Carmen
Miércoles 15 de agosto: Asunción de la Virgen
Lunes 17 de septiembre: Fiestas Patrias
Martes 18 de septiembre: Independencia Nacional (irrenunciable)
Miércoles 19 de septiembre: Día de las Glorias del Ejército
Lunes 15 de octubre: Encuentro de dos mundos
Domingo 28 de octubre: Elecciones Municipales
Jueves 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
Viernes 2 de noviembre: Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes
Sábado 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
Martes 25 de diciembre: Navidad (irrenunciable)
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